Dentro del Programa Municipal «Iznájar Emprende»

El Ayuntamiento de Iznájar subvenciona la rehabilitación de viviendas que sean destinadas a actividades turísticas o de restauración en el núcleo principal de Iznájar con el objetivo de fomentar la rehabilitación de calidad que, además de promover viviendas en condiciones dignas de habitabilidad, contribuya a la conservación y puesta en valor el patrimonio construido en el núcleo principal de Iznájar, a fijar su población y a revitalizar su entorno.

Ayuda con hasta el 25% del presupuesto total de las obras de rehabilitación y/o reforma de viviendas o locales situados en el núcleo principal de Iznájar, incluidas en el Capítulo 3 Título VIII de las Normas Urbanísticas del PGOU de Iznájar, con la calificación de “Edificios Pertenecientes al Catálogo del Patrimonio Edificado”, que pretendan su rehabilitación para destinarlas a actividades turísticas o de restauración, con un límite de 3.000,00 €.

Para el resto de viviendas existentes en el núcleo principal situadas en suelo urbano consolidado y no incluidas en la calificación de “EPCPE”, el importe máximo concedido será de 2.000€.

En ningún caso el importe total de las subvenciones concurrentes para las mismas actuaciones de rehabilitación o renovación podrá ser de tal cantidad que supere el 25% del presupuesto total de las obras.

Para la concesión de la subvención será necesaria la presentación de la siguiente documentación:

· Memoria redactada por un técnico competente que contenga los siguientes extremos:

(1) resumen de obras a ejecutar.

(2) plazo de ejecución de las obras y actividad que se vaya a realizar en la vivienda o local.

(3) Presupuesto de la obra a realizar.

Así mismo también será necesario la firma de un compromiso que como “Anexo I “figura en las bases, indicando que la vivienda o edificio rehabilitado y/o reformado se destinará a uso turístico o restauración una vez terminadas la obras. El compromiso será firmado y presentado en el Registro Municipal del Ayuntamiento junto a la solicitud de la subvención para la aprobación por la Junta de Gobierno Municipal y con indicación del sometimiento expreso a las actuaciones de comprobación que efectúe el Ayuntamiento y órganos que éste designe para ello.

La presentación de la citada documentación servirá de base para formular el dictamen comprensivo de la propuesta de concesión de las ayudas y subvenciones contempladas en las presentes Bases por la Comisión Municipal Informativa encargada, pudiendo la Junta de Gobierno Municipal no admitir aquellas solicitudes en las que se observe que, aún presentado y aprobado el compromiso, no se ha respetado suficientemente como objetivo de destino turístico o restauración de la rehabilitación.

En caso de no destinar la vivienda o edificio rehabilitado a destino turístico o restauración una vez terminadas las obras, se estará obligado a reintegrar el importe de la subvención.

Para información pueden dirigirse a la Oficina de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Iznájar.