El Ayuntamiento de Iznájar informa de que se ha establecido un procedimiento para que los arrendatarios de locales propiedad del Ayuntamiento de uso distinto al de vivienda sean exonerados del pago de la renta mensual desde la declaración del estado de alarma hasta final del año 2020. El procedimiento será el siguiente: El arrendatario deberá presentar una solicitud en la que declare que su actividad ha quedado suspendida como consecuencia de la aprobación del RD 463/2020 de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma o acreditar que las pérdidas ocasionadas han sido superiores a la mitad del volumen de negocios medio por el periodo correspondiente. A la vista de la solicitud, la documentación acreditativa presentada, las comprobaciones efectuadas por la Administración y previo informe de los servicios jurídicos municipales, se dictará la resolución correspondiente. El plazo para solicitar la exoneración finaliza el día 3 de agosto de 2020. Consulte las bases en el siguiente anexo.