Serán objeto de subvención los conceptos que se engloben en alguno de los apartados que se relacionan a continuación:
a) Implantación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación que potencien la comercialización electrónica de productos y servicios turísticos, incluyendo la creación de
plataformas de comercialización, o integración en las ya existentes.
b) Actuaciones dirigidas a la integración en la comunidad turística virtual, así como las destinadas a la mejora de la experiencia, la personalización de los servicios y a la atención al cliente.
c) Desarrollo de servicios tecnológicos innovadores, tales como, implementación de software y hardware de gestión avanzada, infraestructura de redes y tecnologías que ayuden a la optimización de
procesos, acceso a servicios en remoto y a bases de datos, creación de contenido optimizado para el ámbito digital (como vídeos o imágenes en 360º) y similares.
d) Creación de productos turísticos basados en la innovación tecnológica, tales como, realidad aumentada y virtual aplicada a la interpretación de los recursos culturales y naturales, nuevas
formas de información turística, aplicación de los recursos tecnológicos avanzados a la comunicación turística, servicios de guías turísticos a través de gafas inteligentes y similares.
02/09/2020 – 01/10/2020 (Un mes a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía).
Puedes Consultar la Publicación del Boja en el siguiente enlace: https://iznajar.es/wp-content/uploads/2020/09/BOJA20-subvencion-pymes.pdf